NotasCambio climático

Alertan científicos sobre vacíos en Reglamento de Ley General de Economía Circular

Ley General de Economía Circular
Alertan científicos sobre vacíos en Reglamento de Ley General de Economía Circular
  • Organizaciones de la sociedad civil y científicos entregaron propuestas técnicas y jurídicas a la Semarnat para subsanar omisiones en la legislación aprobada.
  • La exención de Análisis de Ciclo de Vida en tecnologías térmicas como la incineración y la pirólisis amenaza el derecho a la salud y a un medio ambiente sano.
  • Integrar conceptos de economía circular a la extracción por fracturación hidráulica (fracking) desvirtúa el modelo sustentable y vulnera a las comunidades.

Las organizaciones de la sociedad civil y la comunidad científica en México emitieron un llamado de alerta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) durante el periodo de elaboración del Reglamento de la Ley General de Economía Circular, con el fin de corregir los severos vacíos legales, ambientales y de salud pública que prevalecen desde la aprobación de la norma en el Congreso de la Unión. 

La entrega de estas propuestas técnicas y jurídicas ocurre dentro del plazo de 180 días naturales otorgado por el Poder Legislativo para la expedición de dicho reglamento. Las agrupaciones señalan que la norma original se aprobó sin un proceso participativo, transparente e inclusivo que integrara evidencia científica. Por ello, exigen incorporar salvaguardas urgentes frente al crecimiento acelerado de la contaminación por sustancias químicas y el uso de tecnologías de conversión térmica de residuos.

Organizaciones sociales, ambientalistas y académicos precisaron que la Ley General de Economía Circular contiene deficiencias estructurales en materia de protección sanitaria y gestión de residuos. Explicaron que la legislación aprobada en el Poder Legislativo priorizó intereses económicos particulares por encima del interés público. Ante esta situación, el reglamento en construcción constituye la última oportunidad institucional para blindar la norma con bases científicas independientes.

La preocupación del sector científico nacional coincide con diagnósticos internacionales como el Global Chemicals Outlook II del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Dicho informe concluyó que los objetivos globales para minimizar los efectos adversos de sustancias químicas y residuos sobre la salud y el entorno no se alcanzaron. La expansión exponencial de la industria química y la falta de marcos regulatorios adecuados incrementaron la vulnerabilidad global.

Las organizaciones entregaron a la Semarnat cinco ejes prioritarios para su inclusión obligatoria en el reglamento. El primer punto exige reconocer la protección de la salud humana y el medio ambiente como un eje transversal durante todo el ciclo de vida de los productos. Esto abarca desde la extracción de insumos fósiles hasta la disposición final del material.

Como segundo punto, los especialistas piden implementar mecanismos robustos para identificar, evaluar y eliminar progresivamente las sustancias químicas peligrosas y preocupantes. Señalan que la legislación debe incluir criterios de sustitución obligatoria basados en la mejor evidencia disponible.

TE PUEDE INTERESAR: El Gobierno de México inicia la Jornada Nacional de Reforestación 2026

El tercer eje exige regular estrictamente las tecnologías de conversión térmica de residuos, tales como la incineración, el coprocesamiento, la gasificación y la pirólisis. La literatura científica demuestra que estos procesos liberan contaminantes atmosféricos y residuos secundarios peligrosos. Por ello, demandan que la termovalorización sea considerada únicamente la última opción y se someta a Análisis de Ciclo de Vida completos e independientes.

En cuarto lugar, las agrupaciones advierten sobre el mal uso del principio de Responsabilidad Extendida del Productor. Exigen evitar que esquemas de compensación como los “créditos plásticos” o “bonos de carbono” sustituyan las obligaciones directas de reducción, rediseño y reutilización en origen.

El quinto aspecto fundamental resalta la necesidad de garantizar una absoluta independencia técnica y la gestión de conflictos de interés. Las metodologías y los órganos consultivos del reglamento deben operar libres de sesgos corporativos para resguardar el bien común.

La comunidad científica enfatizó que ningún esquema productivo resulta seguro si mantiene químicos nocivos circulando en la economía. En este marco, las organizaciones manifestaron especial inquietud ante los planteamientos de aplicar conceptos de economía circular a la extracción de hidrocarburos mediante fracturación hidráulica o fracking.

La técnica del fracking requiere inyectar grandes volúmenes de agua, arena y sustancias químicas —muchas de ellas protegidas por secreto industrial— directamente en el subsuelo. Calificar como “circular” a una industria extractiva con elevados riesgos de contaminación hídrica y territorial distorsiona el concepto ambiental. Además, genera desconfianza sobre si la norma buscará transformar los patrones de consumo o solo justificar prácticas altamente contaminantes.

El Estado mexicano mantiene la obligación constitucional y jurídica de prevenir el daño ambiental desde la fuente. Los principios de precaución, prevención, progresividad y responsabilidad ambiental deben regir la formulación reglamentaria. Esto resulta indispensable para asegurar la transición hacia una sostenibilidad real y proteger a las poblaciones más vulnerables.

Síguenos en LinkedIN, en X, en Facebook y en Tik Tok