Impone Profepa clausura total temporal al zoológico La Pastora

- Incumplimiento normativo: La medida se aplicó por faltas a la Ley General de Vida Silvestre en materia de trato digno y respetuoso a los ejemplares.
- Caso detonante: La osa negra “Mina”, una especie en peligro de extinción, presentaba un grave deterioro físico y de salud.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso la clausura total temporal al Parque Zoológico “La Pastora”, situado en el municipio de Guadalupe, Nuevo León, tras constatar incumplimientos a la normatividad ambiental vigente sobre el trato digno y respetuoso hacia la vida silvestre.
La decisión se fundamentó en las graves condiciones de salud de una hembra de oso negro (Ursus americanus) llamada Mina, cuyo estado evidenció un manejo inadecuado y puso de manifiesto un riesgo para la salud pública.
La acción de la autoridad ambiental se ejecutó después de una serie de inspecciones realizadas en las instalaciones del zoológico los días 25, 26 y 27 de septiembre. Durante estas diligencias, el personal de la Profepa documentó que el ejemplar de vida silvestre se encontraba en un estado de deterioro físico considerable, con signos de un manejo médico deficiente, carencias nutricionales, así como la presencia de lesiones y úlceras en la piel.
La osa Mina pertenece a la especie de oso negro, la cual está catalogada como “en peligro de extinción” (P) dentro de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010. Este estatus de protección subraya la responsabilidad de las instituciones que albergan a estos ejemplares de garantizar su máximo bienestar y contribuir a su conservación, un principio que, según la investigación, no se estaba cumpliendo en el zoológico neoleonés.
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Al profundizar en la revisión documental del caso, los inspectores federales encontraron que el expediente clínico de Mina carecía de registros de atención médica adecuados, controles periódicos, tratamientos específicos o protocolos de rehabilitación. Esta falta de seguimiento es especialmente relevante dado que el animal padece leptospirosis, una enfermedad causada por una bacteria que puede transmitirse entre animales y de animales a humanos (zoonosis), con potencial para causar daños severos en órganos vitales como riñones e hígado.
Ante la evidencia y en aplicación del principio precautorio, que obliga a la autoridad a actuar para prevenir daños graves e irreversibles al medio ambiente y a la salud, la Profepa ordenó el traslado inmediato de Mina al Centro de Rescate, Rehabilitación y Reubicación de
Grandes Carnívoros INVICTUS, localizado en Pachuca, Hidalgo. Mariana Boy Tamborrell, titular de la Profepa, explicó que en dicho centro se tiene la certeza de que la osa está recibiendo la atención médica especializada requerida para su recuperación.
La clausura del zoológico se fundamenta en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y en la Ley General de Vida Silvestre (LGVS). La Procuraduría ha establecido que esta medida de seguridad se mantendrá vigente hasta que el zoológico demuestre el cumplimiento de una serie de medidas de urgente aplicación, diseñadas para garantizar el bienestar y el trato digno de todos los animales bajo su cuidado.
La procuradora Boy Tamborrell enfatizó que la protección de los ejemplares en cautiverio es una prioridad para la institución. En este sentido, anunció que, además de las acciones tomadas en el caso de La Pastora, se intensificarán las inspecciones y la vigilancia en otros zoológicos del país.
El objetivo de esta estrategia es verificar de manera sistemática las condiciones de los albergues y el estado de salud de la fauna que habita en ellos, asegurando el estricto cumplimiento de la legislación ambiental mexicana.
La situación del zoológico La Pastora y la osa Mina pone de relieve la importancia de la supervisión constante en los centros de vida silvestre y el papel de la denuncia ciudadana como mecanismo de alerta para las autoridades. La resolución final del procedimiento administrativo determinará las sanciones correspondientes, que podrían incluir multas económicas, además de la obligación de reparar el daño causado.
