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Denuncian a empresa y a autoridades mexicanas ante Comisión Ambiental

Denuncian a empresa y a autoridades mexicanas ante Comisión Ambiental
Denuncian a empresa y a autoridades mexicanas ante Comisión Ambiental

Montreal, CANADÁ. En días pasados, un ciudadano mexicano presentó ante la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) una petición conforme al capítulo 24 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). El Peticionario afirma que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su ley ambiental en lo que respecta al cambio de uso del suelo y la extracción de agua sin la debida autorización.

En la petición SEM-24-001 (Time Ceramics) se asevera que las autoridades gubernamentales competentes están incumpliendo con atender los efectos ambientales ocasionados por una fábrica de cerámica, derivados del cambio no autorizado en el uso del suelo en terrenos forestales para construir la planta en cuestión, una inadecuada evaluación del impacto ambiental, la explotación tampoco autorizada de pozos de agua y la presunta falta de concesiones de extracción de agua para las operaciones del establecimiento en cuestión. 

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De acuerdo con el Peticionario, México incurre en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación sobre cambio de uso del suelo al permitir las actividades de tala de árboles que supuestamente se han llevado a cabo en el sitio. La petición presenta argumentos en el mismo sentido respecto de la falta de aplicación efectiva de leyes en materia de recursos hídricos para la explotación de pozos y la extracción de agua, lo que suscita preocupación por la sobreexplotación del acuífero en la región del valle de Tulancingo.

El Peticionario cita disposiciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), la Ley de Aguas Nacionales (LAN) y reglamentos relacionados.
El Secretariado de la CCA cuenta con treinta (30) días para examinar la petición y determinar si ésta satisface los requisitos establecidos en los artículos 24.27(1), (2) y (3) del T-MEC. Si desea obtener información más detallada al respecto, consulte la página de la petición SEM-24-001 (Time Ceramics) en el registro público de peticiones, en el sitio web de la CCA.

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