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Aprueban nueva norma para regular el manejo de residuos mineros en México

Aprueba Semarnat nueva norma para regular el manejo de residuos mineros en México
Aprueba Semarnat nueva norma para regular el manejo de residuos mineros en México
  • Priorizan la reducción, separación, valorización y tratamiento de los desechos sobre la disposición final.
  • Obligan a la industria minera a integrar planes de manejo preventivos y estudios integrales de caracterización.
  • Prevén la publicación oficial del instrumento en el Diario Oficial de la Federación para su entrada en vigor.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en conjunto con el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COMARNAT), aprobó en México la Norma Oficial Mexicana NOM-157-SEMARNAT-2026 durante el presente periodo de sesiones de 2026, mediante la cual se establece la regulación técnica obligatoria para el manejo de los residuos provenientes de la actividad minera. 

Este nuevo instrumento normativo busca transformar la gestión ambiental del sector primario al priorizar la reducción en la fuente, la separación, la valorización y el tratamiento de los desechos, relegando la disposición final en depósitos o presas de jales únicamente como la última alternativa viable dentro de la cadena productiva.

El marco regulatorio aprobado estipula los criterios y elementos obligatorios que las empresas e instituciones operadoras del sector minero deberán incorporar de manera formal en sus respectivos planes de manejo de residuos. Con esta disposición, la autoridad federal enfoca el cumplimiento normativo hacia el fortalecimiento de tareas preventivas que mitiguen el volumen y la peligrosidad de los materiales generados desde las etapas iniciales de exploración y extracción.

Asimismo, la norma incentiva la adopción de metodologías avanzadas e innovaciones tecnológicas orientadas al procesamiento y confinamiento de los desechos. La regulación condiciona la implementación de estos nuevos métodos a que demuestren ser económica, técnica y ambientalmente factibles, garantizando con ello la viabilidad de las operaciones mineras sin comprometer la integridad de los ecosistemas locales ni la calidad del suelo y cuerpo de agua adyacentes.

Dentro de las alternativas técnicas introducidas por la NOM-157-SEMARNAT-2026, destaca la exigencia de elaborar un estudio integral para la caracterización detallada de los usos y aplicaciones de los materiales resultantes. Esta herramienta técnica tiene como propósito fundamental generar información científica y objetiva sobre la composición física, química y lixiviable de los residuos, permitiendo proyectar sus posibles impactos y diseñar esquemas de reutilización segura en otros procesos industriales o de construcción.

La normativa enfatiza la reestructuración del ciclo de manejo de residuos al jerarquizar las acciones operativas en las instalaciones mineras. Las empresas deberán instrumentar de forma previa procesos de separación en la fuente de generación, así como alternativas de valorización energética o de materiales y sistemas de tratamiento de efluentes y sólidos, limitando la colocación de residuos en sitio a casos donde no exista otra posibilidad técnica.

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En la fase posterior a la aprobación por el órgano colegiado, la Semarnat contempla la publicación del texto definitivo del ordenamiento en el Diario Oficial de la Federación (DOF). A partir de dicha difusión, comenzarán a correr los plazos legales correspondientes para que los titulares de concesiones y proyectos mineros vigentes adecuen sus procedimientos internos y sometan sus planes de manejo a la revisión de la autoridad ambiental.

El establecimiento de este marco reglamentario se alinea con las disposiciones marco contenidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR). Ambas legislaciones atribuyen a la Federación la facultad de expedir normas oficiales mexicanas que determinen los parámetros de seguridad, caracterización y clasificación de los residuos de manejo especial y peligrosos generados por las actividades extractivas en el territorio nacional.

La regulación de los residuos en la industria minera responde a la necesidad de actualizar los parámetros de fiscalización frente al volumen de materiales que genera esta rama económica en México. Los depósitos de jales y terragueros requieren esquemas de monitoreo continuo para prevenir la lixiviación de metales pesados, la acidificación de drenajes y la dispersión de partículas finas en la atmósfera, aspectos abordados técnica y preventivamente por los criterios de la nueva disposición.

Adicionalmente, el instrumento aprobado busca dar certeza jurídica a las inversiones del sector al fijar reglas operativas claras y transparentes. La estandarización de los criterios de valorización permite a los desarrolladores proyectar esquemas de economía circular, donde los subproductos de la extracción minera puedan reincorporarse a cadenas de valor regionales bajo supervisión normativa estricta.

La aplicación de los planes de manejo bajo el estándar de la NOM-157-SEMARNAT-2026 implicará la coordinación entre los tres órdenes de gobierno y las comisiones técnicas ambientales. La evaluación técnica de los estudios integrales estará a cargo de las unidades administrativas correspondientes de la Semarnat, las cuales verificarán el cumplimiento de los parámetros de caracterización antes de otorgar o renovar las licencias ambientales operativas.

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